Según las leyes fiscales locales, los ciudadanos peruanos (y los extranjeros que permanezcan más de 59 días en Perú) deben abonar un suplemento del 18%
Para quedar exentos del pago de este suplemento del 18% en concepto de IVA, se debe presentar una copia de la tarjeta de inmigración y el pasaporte
Es imprescindible presentar ambos documentos para poder acogerse a la exención del pago
En caso contrario, los huéspedes deben abonar el suplemento indicado
Los huéspedes extranjeros en estancia de negocios que soliciten una factura impresa también tienen que abonar este suplemento del 18%, independientemente de la duración de su estancia en Perú
Dicho suplemento no se incluye de forma automática en el importe total de la reserva
Es necesario realizar el pago antes de la llegada a través de transferencia bancaria
El alojamiento se pondrá en contacto contigo después de reservar para darte las instrucciones