De acuerdo con las leyes fiscales locales, los ciudadanos peruanos y los extranjeros que permanezcan más de 59 días en Perú deberán abonar un suplemento del 18 %
Para quedar exentos de este impuesto (IVA), es necesario presentar una copia de su tarjeta de inmigración y del pasaporte
Se deben presentar ambos documentos para poder acogerse a la exención del pago
En caso contrario, se deberá abonar dicho suplemento
Los huéspedes extranjeros en estancia de negocios que soliciten una factura impresa también deberán abonar el suplemento del 18 %, independientemente de la duración de su estancia en Perú
Este suplemento no se incluye de forma automática en el importe total de la reserva
Es necesario realizar el pago antes de la llegada a través de transferencia bancaria
El alojamiento se pondrá en contacto contigo después de reservar para darte las instrucciones